La voluntad es uno de los elementos esenciales del negocio jurídico, que debe ser libremente y conscientemente formado, cuando su formación ha sido afectada por factores externos al sujeto o cuando, a pesar de estar correctamente formados, se transmiten o declaran para que el resultado El fin causa discrepancia entre la propia voluntad y la afirmación, se afirma que la voluntad es errónea.
Dentro de los supuestos de discrepancia entre voluntad y declaración, cabe destacar: Las declaraciones de voluntad carecen de seriedad o «iocandi causa«. Se trata de casos en que el declarante emite voluntariamente su declaración, pero sin una seria voluntad de obligar, suponiendo que esto será advertido por el destinatario. En tales casos, la declaración de intención carece de efecto y no la vincula, aunque en los casos en que la contraparte pueda haber confiado legítimamente en su existencia, la obligación de indemnizar los daños que ha causado Él iba a contratar.
Según la enseñanza clásica, los vicios de la voluntad son el error, la violencia, la intimidación y el fraude. Nuestro Código Civil los considera principalmente basados en contratos, pero también tendrán que considerarlos respecto a la categoría de los negocios legales. El artículo 1265 del Código Civil dispone que «el consentimiento dado por error, violencia, intimidación o fraude» será nulo y debe especificarse que la admisión de estas causas se hace en la jurisprudencia con mucha cautela y de manera excepcional y obliga a Probarlos a quien los invoca.
Se define según la equivocación del código civil o la falsa representación mental de algo. O no habría querido celebrar el negocio de haber sabido exactamente la realidad, o habría querido de otra manera (propio error). Todo sobre cursos infotep
Tal error puede ser de dos tipos, error de hecho y error de ley. La primera es aquella falsa representación de la realidad que cae en situaciones fácticas, como creer comprar una vaca y realmente comprar un cerdo (error en re), o dar un mandato a Juan cuando se le da a Diego (error en persona), o Entrar en Una venta cuando usted entró en un usufructo (error in negotio).
La segunda es aquella que recae sobre situaciones jurídicas, como suponer que el arrendador posee una cosa determinada, o que la venta de bienes inmuebles es consensual (en la mayoría de las leyes, que siguen la doctrina continental, la venta de bienes inmuebles es solemne).
El error de hecho es generalmente un vicio de consentimiento, mientras que el error de ley es comúnmente rechazado como tal, siguiendo el código francés y Pothier. El Código Civil chileno, en su artículo 1452, señala expresamente que el error de carácter jurídico no vicia el consentimiento, con ciertas excepciones en lo que respecta al cuasicontrato de pago del no vencido, que se debe principalmente a una cuestión de rechazo.
Efectos del error: En realidad, cuando el error recaiga sobre la naturaleza del acto o sobre el objeto, habría falta de un elemento esencial de los actos jurídicos, de modo que la doctrina en general entiende que serían casos de inexistentes actos. Es necesario hacer hincapié en que, para que el error esencial cometido por el agente pueda dar lugar a la anulación del acto, debe existir razón de error; El error no es reprochable cuando ha mediado una negligencia culpable de la parte que la invoca.
¿Que es Vicios de la Voluntad?
La voluntad es uno de los elementos esenciales del negocio jurídico, que debe ser libremente y conscientemente formado, cuando su formación ha sido afectada
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2024-10-21
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